DICTÁMENES APROBADOS EN LA LXIII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se reforman los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia laboral. Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales Cámara de origen: Cámara de Senadores Clasificación: Trabajo y Previsión Social Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 4-Noviembre-2016 |
- Puntos Constitucionales Fecha de dictamen: 4-Noviembre-2016 Publicación en el DOF: 24-Febrero-2017 |
Transferir la impartición de la justicia del trabajo ¿individual y colectivo- al ámbito del Poder Judicial de la Federación y de los Poderes Judiciales de las entidades federativas, que hasta hoy está confiada a las Juntas Federal y Locales de Conciliación y Arbitraje; formular una referencia genérica a estos órganos, para agruparlos en la figura de -tribunales laborales; y, ampliar la dimensión de las tareas de conciliación, en un organismo descentralizado del Poder Ejecutivo. A este organismo le corresponderá, el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, así como todos los procesos administrativos relacionados; contará con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión; y regirá su actuación por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad; y, su titular será designado por la Cámara de Senadores, a partir de una terna propuesta por el Ejecutivo. | 1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 28 de abril de 2016. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 99 votos a favor. 3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 20 de octubre de 2016. 5. Dictamen a discusión aprobado en la Cámara de Diputados el 04 de noviembre de 2016, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 379 votos a favor, 2 en contra y 19 abstenciones. 6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales. 7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 07 de febrero de 2017. 8. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 9. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 08 de febrero de 2017. 10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2017. |
2 Decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias, mejora regulatoria, justicia cívica e itinerante y registro civil. Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 15-Noviembre-2016 Gaceta Cámara de Senadores: 13-Diciembre-2016 |
- Puntos Constitucionales Fecha de dictamen: 15-Noviembre-2016 Aprobación en el Senado: 13-Diciembre-2016 Publicación en el DOF: 5-Febrero-2017 |
Facultar al Congreso para expedir las normas que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, Estados, Municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus competencias, en materia de aplicación en mejora regulatoria, justicia cívica e itinerante. Disponer la obligación de los Poderes Legislativos de los Estados, de expedir leyes que rijan su corresponsabilidad en estas materias. | 1. Iniciativas consideradas en el dictamen: a) Iniciativa suscrita por el Dip. Luis Fernando Antero Valle (PAN) el 27 de abril de 2016. b) Iniciativas suscritas por el Ejecutivo Federal (4), el 28 de abril de 2016. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor. 3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de noviembre de 2016, se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 13 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 91 votos a favor y 5 en contra. 6. Se turnó a las Legislaturas de los estados para sus efectos constitucionales. 7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017. 8. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales. 9. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 02 de febrero de 2017. 10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 05 de febrero de 2017. |
3 Decreto por el que se adiciona un inciso d) a la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de centros penitenciarios. Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 22-Noviembre-2016 Gaceta Cámara de Senadores: 12-Septiembre-2019 |
- Puntos Constitucionales Fecha de dictamen: 22-Noviembre-2016 Aprobación en el Senado: 12-Septiembre-2019 |
Establecer que el Congreso tiene la facultad para expedir la ley general que establezca las bases y principios generales en materia de administración de centros penitenciarios, así como la distribución de competencias entre la federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en la materia. | 1. Iniciativa presentada por el Dip. Ricardo del Rivero Martínez (PAN), y suscrita por la Dip. Karina Padilla Ávila (PAN), el 04 de mayo de 2016. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 22 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 422 votos a favor. 3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; Seguridad Pública; y de Estudios Legislativos, Segunda. 5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores del 12 de septiembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 97 votos a favor y 1 abstención. 6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM. |
4 Decreto por el que se reforma el párrafo séptimo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 14-Diciembre-2016 |
- Puntos Constitucionales Fecha de dictamen: 14-Diciembre-2016 |
Precisar que toda persona tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. | 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Soralla Bañuelos de la Torre (NA), el 27 de octubre de 2015. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 369 votos a favor. 3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Vivienda y de Estudios Legislativos, Primera. |